Elecciones Renovación Consejo Directivo
Renovación del Consejo Directivo
Plazo para presentar listas de todos los claustros para las elecciones 2015:
Desde el 23/09/15 hasta el 23/10/2015.
Requisitos para integrar las listas:
Estudiantes de Nivel Medio
- Estar en condiciones de cursar Instrumento IV
- Estar cursando Tres materias como mínimo
- Tener 18 años cumplidos
Estudiantes de Nivel Superior
- Tener aprobado el Iº Año Superior de la Materia Troncal de la Orientación
- Estar cursando Tres materias como mínimo
- Tener 18 años cumplidos
Egresados
- Ser egresado del Nivel Superior del Conservatorio
- No ser docente de la Institución
Docentes
- Ser Titular o Interino con una Antigüedad no menor a Dos años en el Conservatorio
Para mayor información, transcribimos lo dispuesto por la normativa vigente:
LISTAS:
Dice el Artículo 27 del Anexo III de la Resolución 821 en su parte pertinente:
La presentación definitiva de las listas deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
- Presentación en término de la lista, donde deberá detallarse claustro para el que se presenta, datos de los postulantes: nombre, apellido y número de documento;
- Aceptación fehaciente de los integrantes (titulares y suplentes);
- Avales en cantidad no inferior al dos por ciento (2%) del padrón respectivo;
- Orden de prelación de los candidatos titulares y suplentes;
- Un (1) apoderado, quien no puede integrar ninguna lista y debe reunir los mismos requisitos que para ser candidato, que la representará ante la Junta Electoral.
CONSEJO DIRECTIVO:
Conforme al Artículo 20 del Anexo I de la Resolución 821:
El Consejo Directivo estará integrado por:
- Siete (7) Consejeros del Claustro de Profesores Titulares y Siete (7) Consejeros Suplentes;
- Cinco (5) Consejeros del Claustro de Estudiantes Titulares: dos (2) por el Nivel Medio y tres (3) por el Nivel Superior; y Cinco (5) Consejeros Suplentes.
- Un (1) consejero del Claustro de Graduados Titular; y un (1) consejero suplente.
- Un (1) consejero del Personal no docente; y un (1) consejero suplente.
Artículo 25: Condiciones del mandato: Los Consejeros representantes de los cuatro (4) claustros durarán dos (2) años en sus funciones, que serán desempeñadas ad-honorem.
Artículo 28 tercer párrafo: El Consejo Directivo celebra sesiones ordinarias, como mínimo, una vez por mes, y sesiones extraordinarias cuando es convocado por el Director o por la mitad más uno de sus miembros.